En aplicación del art. 48.2) del Estatuto Básico del Empleado Público a los 9 días de libre disposición que disfruta el personal estatutario del Servicio Canario de la Salud se le sumarán 2 días cuando se cumpla el sexto trienio, incrementándose un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo; el derecho a su disfrute nace a partir del día siguiente del cumplimiento del trienio. El procedimiento de solicitud es el mismo que hasta ahora: en el modelo oficial y a presentar en el centro de trabajo.
De tal forma para el año 2007 se disfrutarán de los siguientes días de libre disposición:
En el supuesto de haber completado los años de antigüedad en la Administración que se indican, se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días adicionales de vacaciones anuales:
-15 años de servicio….: 1 día hábil.
-20 años de servicio……: 2 días hábiles
-25 años de servicio……: 3 días hábiles
-30 o más años de servicio…: 4 días hábiles